Artículo 1
1 inciso
Revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972 y el 23 de octubre de 1978.
Ley 243 De 1995
Revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972 y el 23 de octubre de 1978.
Revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972 y el 23 de octubre de 1978, que por el artículo 1° de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.
La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.