Artículo 1
Autorizase al Gobierno Nacional para abrir los créditos y hacer los traslados del Presupuesto Nacional, que considere necesarios, hasta por la suma de cuarenta mil pesos ($ 40,000.oo) para atender a los damnificados pobres de Puerto Merizalde y para las obras publicas que sean indispensables realizar en la construcción de este puerto, víctima de reciente incendio.