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Ley 24 De 1939

Artículo 1

1 inciso

Para todos los efectos constitucionales y legales, apruébase el Censo general de la República realizado en el año de 1938 por la Contraloría General, según el siguiente resumen de población por Departamentos, Intendencias y Comisarías: Departamentos.Antioquia1.188.587Atlántico268.409Bolívar765.194Boyacá737.368Caldas769.968Cauca356.040Cundinamarca1.174.607Huila216.676Magdalena342.322Nariño465.868Norte de Santander346.181Santander615.710Tolima547.796Valle del Cauca613.230Intendencias.Amazonas6.414Chocó111.216Meta51.674San Andrés y Providencia6.528Comisarías.Arauca11.156Caquetá20.914Guajira53.409Putumayo5.688Vaupés7.767Vichada9.094Total del país8.701.816

Artículo 2

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional, encargado del Despacho de Gobierno