Artículo 2º Abrense al Presupuesto de gastos de la vigencia económica 1923, los siguientes créditos adicionales:
Artículo 1º Para cubrir las dietas de los Senadores y los sueldos de los empleados de la Secretaría de dicha Cámara, en diez días de sesiones extraordinarias de 1923, así:
Cámara de Representantes.
Artículo 2º Para cubrir las dietas de los Representantes y los sueldos de los empleados de la Secretaría de dicha Cámara, en diez días de sesiones extraordinarias de 1923, así:
Intendencias y Comisarías Especiales.
Artículo 270. Para atender a los gastos de personal y material de las Intendencias y Comisarías Especiales, en el año, así:
MINISTERIA DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Artículo 661 bis. Para pagar la deuda que hay pendiente por personal, jornales, herramientas, etc., provenientes de los trabajos ejecutados en la vía del Sur (Bogotá hacia Puerto Asís, por Fusagasugá, Neiva, Las Papas y Mocoa), durante los meses de noviembre y diciembre de 1920 y enero de 1921, así: