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Ley 24 De 1925

Artículo 1

1 inciso

Destínase la suma de cincuenta mil pesos ($ 50,000) para reparación y reconstrucción de la carretera de Cambao, suma que será entregada al Departamento de Cundinamarca por conducto de la Administración Principal de Hacienda.

Artículo 2

1 inciso

La partida necesaria para dar cumplimiento a esta Ley, se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público