Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 24 De 1924

Artículo 1

1 inciso

Destínase la suma de quinientos pesos ($500) mensuales como contribución nacional a la obra de acción social que funciona en la ciudad de Bogotá, denominada oratorio Festivo del Venerable don Juan Bosco, y la suma de trescientos pesos ($300) mensuales, para fomentar el Sindicato Nacional de Obreros de la Aguja que igualmente funciona en la ciudad de Bogotá.

Artículo 2

1 inciso

Con la suma de doscientos pesos ($200) mensuales contribuirá igualmente la Nación para la fundación y sostenimiento de institutos de protección obrera siempre que se compruebe ante el Ministerio de Instrucción y Salubridad Publicas que los nuevos institutos reúnen condiciones análogas a las de los favorecidos en el artículo anterior.

Artículo 3

1 inciso1 parágrafo

De la partida destinada en las Leyes de Apropiaciones para edificios Nacionales se tomara la suma de quince mil pesos ($15.000) anuales, para atender a la construcción del Colegio y Escuelas Salesianas de Artes y Oficios de la ciudad de Bogotá.

Parágrafo

De este auxilio disfruta el mencionado Colegio por espacio de cinco años.

Artículo 4

1 inciso

Esta Ley rige desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
EL MINISTRO DE INSTRUCCION YSALUBRIDAD PÚBLICAS