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Ley 94 De 1919

Artículo 1

1 inciso

En caso de que fuere impracticable el trazado de carretera entre Ocaña y el puerto de Gamarra que actualmente estudia la Comisión Técnica, adoptaráse para esa vía el trazado del ramal de ferrocarril que partiendo de la ciudad de Ocaña va a la depresión de Brotaré, sobre la línea del ferrocarril de Cúcuta al Magdalena; del punto más adecuado de este ramal, partirá el nuevo trazado de carretera con dirección a Gamarra, puerto sobre el cual debe terminar la obra.

Artículo 2

1 inciso

Tan pronto como estén concluidas y adoptados los primeros veinte (20) kilómetros del trazado definitivo en esta sección de la carretera de Cúcuta al Magdalena, el Gobernador del Norte de Santander, a quien corresponde la administración directa de la obra, procederá inmediatamente a la construcción de la vía y fijará en Ocaña la tercera parte de los fondos de la carretera para atender a los gastos que los trabajos demanden.

Artículo 3

1 inciso

Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente y adicionada la Ley 70 general sobre caminos.

Artículo 4

1 inciso

Esta Ley empezará a regir desde su promulgación.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Tesoro. encargado del Despacho de Obras Públicas