Artículo 1
2 incisos
Artículo único. Autorízase al (Gobierno para permutar con el Departamento del Tolima el edificio de que es dueña la Nación en la ciudad de Ibagué, construido para Escuela Normal de Institutoras de esa ciudad, por el que dicho Departamento hizo levantar para un colegio de señoritas en la misma ciudad.
Inclúyase en el Presupuesto de gastos de la próxima vigencia la suma de cinco mil pesos para pagar al Departamento del Tolima el exceso de precio declarado en favor de su edificio sobre el de la Nación.