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Ley 145 De 1936

Artículo 1

1 inciso

Auxiliase al Municipio de Zapatoca (Santander) con la suma de treinta mil pesos ($ 30.000) con destino a la construcción del alcantarillado de la ciudad y al pago del auxilio al Hospital de Caridad, ordenado por la Ley 75 de 1925 .

Artículo 2

1 inciso

Esta cantidad será incluida en el Presupuesto de la próxima vigencia, y el pago debe hacerse al Tesorero Municipal de Zapatoca por conducto del Agente Fiscal del Departamento de Santander.

Artículo 3

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público