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Ley 144 De 1960

Artículo 1

1 inciso

La Nación auxilia con la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00), la construcción de la Casa Campesina de la ciudad de El Santuario, en el Departamento de Antioquia, obra que se considera de auténtico interés social.

Artículo 2

1 inciso

La Escuela de Artes y Oficios "La Inmaculada", que existe en el Municipio de El Santuario, Departamento de Antioquia, funcionará en adelante como anexa a la Casa Campesina de que habla el artículo anterior a efecto de dar enseñanza preferencialmente a los hijos de los campesinos que se acojan a los beneficios de aquella institución.

Artículo 3

1 inciso

Auxíliase con la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00), la Escuela de Artes y Oficios "La inmaculada" que se indica en el artículo anterior, con destino a su dotación y a adquisición de equipo.

Artículo 4

1 inciso

La administración de los auxilios votados por la presente Ley, se hará por una junta, que al efecto se crea, compuesta por el Presidente del Concejo Municipal de El Santuario, el cura Párroco y un ciudadano designado por el Gobierno Departamental, y de su inversión se rendirá cuenta a la Contraloría General de la República.

Artículo 5

1 inciso

Las sumas de que trata la presente Ley se incluirán necesariamente en el Prepuesto Nacional para la vigencia de 1951, y si así no se hiciere, el Gobierno queda autorizado para hacer los traslados presupuéstales necesarios a efecto de dar cumplimiento a esta Ley.

Artículo 6

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario General de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional