Artículo 1
La Nación auxilia con la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00), la construcción de la Casa Campesina de la ciudad de El Santuario, en el Departamento de Antioquia, obra que se considera de auténtico interés social.
Ley 144 De 1960
La Nación auxilia con la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00), la construcción de la Casa Campesina de la ciudad de El Santuario, en el Departamento de Antioquia, obra que se considera de auténtico interés social.
La Escuela de Artes y Oficios "La Inmaculada", que existe en el Municipio de El Santuario, Departamento de Antioquia, funcionará en adelante como anexa a la Casa Campesina de que habla el artículo anterior a efecto de dar enseñanza preferencialmente a los hijos de los campesinos que se acojan a los beneficios de aquella institución.
Auxíliase con la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00), la Escuela de Artes y Oficios "La inmaculada" que se indica en el artículo anterior, con destino a su dotación y a adquisición de equipo.
La administración de los auxilios votados por la presente Ley, se hará por una junta, que al efecto se crea, compuesta por el Presidente del Concejo Municipal de El Santuario, el cura Párroco y un ciudadano designado por el Gobierno Departamental, y de su inversión se rendirá cuenta a la Contraloría General de la República.
Las sumas de que trata la presente Ley se incluirán necesariamente en el Prepuesto Nacional para la vigencia de 1951, y si así no se hiciere, el Gobierno queda autorizado para hacer los traslados presupuéstales necesarios a efecto de dar cumplimiento a esta Ley.
Esta Ley regirá desde su sanción.