Artículo 1
1 inciso
En consecuencia el Gobierno Nacional, por conducto del Ministerio de Educación, dictará las medidas necesarias para su dotación y sostenimiento.
Ley 93 De 1961
En consecuencia el Gobierno Nacional, por conducto del Ministerio de Educación, dictará las medidas necesarias para su dotación y sostenimiento.
Esta Ley regirá desde su promulgación y deroga todas las que le sean contrarias.