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Ley 24 De 1903

Artículo 1

1 inciso

Art. 1.° La República de Colombia lamenta profundamente la muerte del dignísimo Prelado colombiano Dr. Rafael Celedón, unas de sus glorias más positivas.

Artículo 2

2 incisos

Art. 2.° A costa del Tesoro Público se erigirá en la Catedral de Santa Marta un monumento en mármol que guarde las cenizas del virtuosos Obispo, con esta inscripción:

El Congreso de 1903, en testimonio de reconocimiento y admiración, al Illmo. Obispo de Santa Marta, Dr. Rafael Celedón.

Artículo 3

1 inciso

Art. 3.° El gasto que demande la ejecución de lo dispuesto en el anterior artículo se considerará incluído en el Presupuesto de Rentas y Gastos de la vigencia en curso.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno