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Ley 10 De 1944

Artículo 1

Prorrogase hasta el 30 de junio de 1945 el plazo que tiene el municipio de Barranquilla para efectuar el sorteo extraordinario de lotería a que se refiere el artículo 1° de la ley 112 de 1943 .

Artículo 2

1 inciso

Prorrogase hasta el 31 de diciembre de 1945 el plazo señalado por la ley 112 de 1943 para efectuar los sorteos extraordinarios de las ciudades de Medellín y Barrancabermeja.

Artículo 3

1 inciso

Esta ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara De Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara De Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público