Autorízase al Gobierno Nacional para emitir una estampilla de correo por valor de cinco pesos ($ 5.00) moneda colombiana, hasta por la suma total de quinientos millones de pesos ($ 500.000.000.00), conmemorativa de los cincuenta años (1935 -3 de julio- 1985) de la Escuela Naval de Cadetes-Armada Nacional-,que deberá adherirse a toda correspondencia, mensaje y factura de transporte que se origine en el territorio nacional, con destino a la realización de las siguientes obras dependientes de la Escuela Naval de Cadetes en la ciudad de Cartagena de Indias:
aConstrucción de instalaciones destinadas a la educación, alojamiento, y administración de la Escuela.
bAdquisición de laboratorios destinados a la educación profesional y universitaria.
cConstrucción de instalaciones deportivas.
dConstrucción de un muelle marítimo.
eAdquisición de los inmuebles e instalaciones de particulares que hacen compartir la Isla de Manzanillo en la Bahía de Cartagena de Indias, con las correspondientes a la Escuela Naval de Cadetes, instalaciones navales y residenciales de oficiales; y,
fAdecuación de la Isla de Manzanillo en la Bahía de Cartagena de Indias, de vías de acceso y circulación interna, electrificación, telefonía, servicios de acueducto y alcantarillado.
ParágrafoCorresponde al Gobierno Nacional, Ministerio de Comunicaciones, la reglamentación del cobro de la estampilla a que se refiere el presente artículo, contratando con la Dirección Administrativa de la Escuela Naval de Cadetes -Armada Nacional-, el valor de su recaudo para realizar las inversiones señaladas en la presente Ley, bajo el control fiscal de la Contraloría General de la República.