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Ley 69 De 1938

Artículo 1

1 inciso1 parágrafo

Cédese al Municipio de Quibdó el derecho de dominio sobre los terrenos baldíos ubicados dentro del área de la población cabecera del mismo Municipio, que no estuvieren ocupados por particulares con edificaciones.

Parágrafo

El Gobierno hará al expresado Municipio la tradición del dominio sobre los expresados terrenos, sin necesidad de sujetarse a las condiciones de que trata el artículo 94 del Código Fiscal, y previa la delimitación del área urbana de la población.

Artículo 2

1 inciso

Decláranse válidas y, en consecuencia, ratifícanse las enajenaciones de terrenos baldíos situados dentro del área de la expresada población de Quibdó, que hubieren sido hechas por el mismo Municipio.

Artículo 3

1 inciso1 parágrafo

Cédese a la Intendencia del Chocó el dominio sobre los terrenos baldíos ubicados dentro de su territorio y que dicha entidad tuviere ocupados con edificaciones estables de su propiedad hasta la fecha de la vigencia de la presente Ley.

Parágrafo

El Gobierno queda facultado para verificar la respectiva tradición del dominio, llenando los requisitos de que trata el artículo 97 del Código Fiscal.

Artículo 4

2 incisos

En las Intendencias y Comisarías acreditan propiedad privada sobre la respectiva extensión territorial urbana, los títulos otorgados con anterioridad a la presente Ley, en que consten tradiciones de dominio por un lapso no menor del término que señalan las leyes para la prescripción extraordinaria.

Es entendido que lo dispuesto en este artículo no afecta los derechos adquiridos sobre baldíos urbanos en virtud de cesión hecha por la Nación con anterioridad a la presente Ley.

Artículo 5

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Industrias y Trabajo
El Ministro de Agricultura y Comercio