Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 10 De 1918

Artículo 1

2 incisos

Artículo único. El Congreso lamenta la muerte del distinguido ciudadano y hombre público doctor Aurelio Mutis, y consagra su memoria en las leyes de la República como testimonio de reconocimientos de sus servicios y virtudes.

Sancionada esta Ley se pasará copia de ella, con firmas autógrafas, a la familia del finado.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno