Artículo 1
1 inciso
C., el diecisiete (17) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996).
Ley 587 De 2000
El texto propio de esta ley es el acto aprobatorio. Aprueba un instrumento con articulado propio:
C., el diecisiete (17) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996).
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación