Artículo 1
1 inciso
Auxíliase con treinta mil pesos ($ 30.000) la construcción del edificio para el funcionamiento del Asilo Betania, de la ciudad de Santa Marta, destinado a la protección y educación de niñas desamparadas.
Ley 92 De 1941
Auxíliase con treinta mil pesos ($ 30.000) la construcción del edificio para el funcionamiento del Asilo Betania, de la ciudad de Santa Marta, destinado a la protección y educación de niñas desamparadas.
Inclúyase la partida expresada en el Presupuesto de gastos de la próxima vigencia.
Destínase la suma de veinte mil pesos ($ 20.000) para auxiliar la construcción del edificio para sordomudos y ciegos que están llevando a cabo en esta capital las Hermanas de la Sabiduría. Esta suma será incorporada en el Presupuesto de la próxima vigencia o el de la vigencia sucesivas.