Artículo 1
Para la elección de Providente de la República cada uno de los Departamento, con los Municipios en que están divididos, constituye un Distrito Electoral, que tendrá por capital la misma del respectivo; Departamento.
l°. Agréganse los Municipios de la Intendencia Nacional del Chocó y los de las Comisarías Especiales de Jurado y Urabá al Distrito Electoral del Valle.
Agreganse los Municipios de la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia al Distrito Electoral de Bolívar.
Agréganse los Municipios de la Intendencia Nacional del Meta y los de la Comisaría Especial del Vichada al Distrito Electoral de Cundinamarca.
Agregan se al Dis-trito Electoral del Magdalena ' los Municipios y Corregimientos de la Comisaría Especial de La Goajira.
Los Municipios de la Comisaría Especial de Arauca harán parte del Distrito Electoral de Boyará.
Los Municipios y Corregimientos de las Comisarías Especiales del Vaupés y del Caquetá harán parte del Distrito Electoral del Cauca.
Los Municipios y Corregimientos de la Comisaría Especial del Putumayo harán parte del-Distrito Electoral de Nariño.