Artículo 1
1 inciso
Destinase la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00) para dotar al Hospital de San Juan de Dios de la ciudad de San Gil, de todos los elementos necesarios para la buena marcha de la institución.
Ley 36 De 1944
Destinase la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00) para dotar al Hospital de San Juan de Dios de la ciudad de San Gil, de todos los elementos necesarios para la buena marcha de la institución.
El gobierno abrirá los créditos necesarios y verificara los traslados del caso para el cumplimiento de esta ley.
Esta ley regirá desde su sanción.