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Ley 51 De 1938

Artículo 1

1 inciso

La Republica lamenta la desaparición de Ismael Enrique Arciniegas y le hace el tributo de su justiciero reconocimiento por los importantes servicios que le prestó en distintos ramos de la actividad pública, como legislador, Ministro del Despacho, diplomático, escritor público y sereno y poeta esclarecido.

Artículo 2

1 inciso

El Órgano Ejecutivo del Poder hará publicar a expensas del Estado las obras del notable escritor y poeta y comprara las que forman la biblioteca particular del difunto para cederlas a la biblioteca pública de Bucaramanga.

Artículo 3

1 inciso

En el cementerio de Bogotá se erigirá un mausoleo al ilustre hombre público para lo cual se destina la suma de quince mil pesos ($15.000.00).

Artículo 4

1 inciso

El Gobierno queda autorizado para apropiar en el presupuesto de la actual vigencia la partida para dar cumplimiento a esta ley.

Artículo 5

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional