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Ley 69 De 1916

Artículo 1

1 inciso

Reconócese a favor de los señores Tomás de Brigard, Antonio Escallón P. y Antonio Zamora M., el crédito correspondiente a la mitad sus sueldos P. como Directores de los Anales de las Cámaras, los dos primeros, y como Comisario Ayudante del Director de Anales del Senado el segundo, en los cuatro meses que emplearon para terminar la publicación de las Anales después de que paso el mes destinado para el arreglo del archivo.

Artículo 2

1 inciso

La partida necesaria para dar cumplimiento a esta Ley se considerará incluida en el Presupuesto de gastos de la actual vigencia.

Artículo 3

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda, encargado del Ministerio del Tesoro