Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 9 De 1894

Artículo 1

1 inciso

Juan de la C. Gaviria, como liquidador de la casa de la Gaviria e Hijos.

Artículo 2

Esta autorización la ejercerá el Gobierno por medio de la Comisión de suministros, empréstitos y expropiaciones, en la forma prevenida para reclamaciones de esta naturaleza.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Tesoro