Artículo 1
La Nación honra la memoria del muy ilustre doctor don Carlos Cortés Lee, gloria de la cátedra sagrada y ornamento de las letras patrias.
Ley 51 De 1928
La Nación honra la memoria del muy ilustre doctor don Carlos Cortés Lee, gloria de la cátedra sagrada y ornamento de las letras patrias.
En la ciudad de Zipaquirá, lugar del nacimiento del ilustre sacerdote, se erigirá un monumento con esta inscripción:
COLOMBIA
AL DOCTOR CARLOS CORTES LEE.
Mediante acuerdo entre el Ministerio de Educación Nacional y la Curia Primada de Bogotá, se procederá a hacer la publicación de las obras del insigne orador, previo arreglo con los deudos acerca de la propiedad literaria de aquéllas.
Destínase del Tesoro Público la suma de diez mil pesos ($ 10.000), que se distribuirá por mitad entre los gastos que demande la erección del monumento y la publicaciones de las obras que tratan los artículos precedentes.