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Ley 92 De 1913

Artículo 1

1 inciso

Esta suma se considerará incluída en el Presupuesto de gastos de la próxima vigencia.

Artículo 2

El Paso

2 incisos

Auxiliase la construcción de la vía con trescientos pesos ($ 300) oro por kilómetro, y con diez mil pesos ($ 10,000) para la construcción de un puente sobre el caño de El Limón , y otro sobre el río Chicagua.

La construcción de la vía correrá a cargo de la Junta de Caminos de la Provincia de Mompós, la cual rendirá las cuentas de la inversión de los fondos a la Corte del ramo.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente De La Cámara De Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de La Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas