Artículo 1
1 inciso
Facultase al Municipio de Montería para que destine a la enseñanza secundaria de señoritas el edificio que dicho Municipio acaba de construir.
Ley 51 De 1922
Facultase al Municipio de Montería para que destine a la enseñanza secundaria de señoritas el edificio que dicho Municipio acaba de construir.
:Facúltasela también para que contrate con una sociedad educadora el servicio de enseñanza secundaria, pudiendo, para tal fin, arrendar a dicha comunidad por un término no mayor de diez años el edificio en cuestión, y siendo por este concepto de cargo de las educadoras el sostenimiento de veinte becas para niñas externas pobres, de familias recogidas.
Esta Ley regirá desde su sanción.