Art. 4.° Ademas de los créditos abiertos al poder ejecutivo en el artículo 2.° de esta lei, se le abren los siguientes:
DEPARTAMENTO DE LO INTERIOR.
Cap. 1.° Senado de plenipotenciarios, (personal,) Para aumento del sueldo del secretario de esta cámara en 90 dias de sesiones i seis dias mas, $216.
Para aumentar el sueldo del portero del senado, $30.
Cap. 3.° Cámara de representantes, (personal.) Para aumento de sueldo del secretario de esta cámara en 90 dias de sesiones i 6 dias mas, $216.
Para dietas de un diputado mas por Cundinamarca, $540.
Para aumento del sueldo del portero de la misma cámara, $30.
Cap. 12 . Gastos varios. Para los gastos que se causen en llevar a efecto el decreto sobre honores al señor Benito Júarez $200.
Cap. 13. Ajencias principales i sublaternas de correos, (personal.)
Para aumentar el sueldo del ajente subalterno de correos de Mompos, $144.
Para aumentar el sueldo del ajente subalterno de correos del Puerto Nacional, $120.
Para pagar el señor Francisco rei González lo que se le adeuda por sus sueldos como ajente subalterno de correos nacionales, $ 215.
Para pagar al señor Julian Várgas lo que se adeuda por sus sueldos cmo ajente de correo nacionales de Barichara en dos años tres meses, desde setiembre de 1862 hasta noviembre de 1864, $540.
Para pagar al señor Ramon Wilches el servicio que prestó como ajente subalterno de correos nacionales de la Concepción, estado de Santander, en ocho meses, desde enero hasta ahosto de 1863, $160.
Para el aumento del sueldo del ajente principarl de correos del estado soberano de Boyacá, residente en Tunja, $100.
Para el establecimiento de una oficina de correos en el departamento de oriente, estado de Boyacá, $240.
Para pagar al ajente subalterno de correos nacionales en el Cocui, estado de Boyacá, $200-
Cap. 14. Ajencias principales i subalternas de correos nacionales, (material.)
Para los gastos de escritorio de algunas ajencias subalternas de correos, a razón de $15 cada una, a juicio del poder ejecutivo, hasta $1,800
Cap. 16. trasporte de corrspondencia i encomiendas, (material)
para compra de romanas, cajsa i candados, hasta $1,000.
Cap. 12. Gastos varios imprevistos.
Para pagar el regreso del correo de gabinete que el gobierno envió en noviembre de 1863 desde pasto, conduciendo pliegos para el encargado de negocios i enviado estraordinario en lima, señor Justo Arosemena, $160.
Para pagar al teniente coronel José Gabriel Tatis lo que se le quedó a deber por sus sueldos devengados en los meses de abril i mayo de 1863, como subdirector i catedrático del colejio militar, $190.
Para los gastos que ocasione la ejecución del decreto lejislativo de 29 de abril de 1863, que mandó, honrar la memoria del jeneral José maría Obando i del coronel Patrocinío Cuellar, hasta $20,000.
DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS
Para ausiliar las obras que se emprendan por la municipalidad de Mompos con el fin de impedir el curso perincipal del rio Magdalena por el brazo "Loba", hasta $12,000.
Para pagar al señor José María Hinestrosa su sueldo como acuñador de la casa de moneda de Bogotá en el mes de mayo de 1863, $60.
Cap. 16. Gastos varios previstos.
Para pagar al señor Manuel de Jesus Quijano el sueldo líquido que devengó desde el 20 de octubre de 1861, como visitador fiscal de las oficinas de hacienda del Atlántco, al respecto de $2,400 anuales, $196.
Para pagar al señor Ladislao Vergara sus sueldos atrasados de 1862 a 1863, como portero de la casa de moneda de Nogotá, i gasto de un sello que grabó para una oficina nacional, $42.
Para pagar al señor Belisario Lloreda el sueldo que devengó durante diez meses diez dias de servicio de 1861 a 1862, como ayudante del resguardo de Buenaventura, $ 620 50.
DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS
Para comprar un telescopio i otros útiles para el observatorio astronómico de Bogotá, hasta $1,000.
Cap. 1.° Secretaría del tesoro i crédito nacional, (personal.)
Para aumento del sueldo del oficial de la sección 2ª , encargado del negociado de redenciones de censos, $240.
Cap. 7.° Ajencia jeneral, ajenas principales i subalternas de bienes desamortizados, (personal.)
Para aumento del sueldo del oficial 1.° tenedor de libros, a que se refiere el artículo 1.° de este capítulo, $240.
Acreedores de bienes desamortizados.
Para pagar los créditos de los bienes pertenecientes a los establecimientos de instrucción pública, durante el tiempo que permanecieron o figuraron como bienes desamortizados, cuyo pago debe hacerse preferentemente en dinero, a saber: $52,000.
DEPARTAMENTO DE LA DEUDA NACIONAL.
Cap. 2.° Deudda interior consolidada.
Para pagar al señor A. Golberg, cónsul de la Union en Amsterdan, lo que le reconoció el gobierno en 11 de enero de 1861 por sus servicios i gastos hechos en el arreglo de la deuda esterior, $3,364.
Para pagar al señor Liborio Mejía las cantidades que en varios suplementos dió prestadas al supremo director de la guerra, son $20, 778 53 ½.
Para pagar al señor Emilio Balen el resto de $2,000 que prestó voluntariamente el gobierno en noviembre de 1862, $667.
Para pagar a la señora Natalia Toledo las pensiones que quedaron adeudánsele del 26 de abril al 31 de agosto de 1861, son $206 66.
Para pagar a la misma señora el completo de su pension en cuatro años que se vence el 26 de abril del año en curso, por habérsele declarado la cuarta parte del sueldo que correspondía a su esposo, en lugar de la tercera a que tiene derecho ejecutivo de 29 de agosto de 1861, $ 799 68.
Para pagar el valor de una libranza a la señora Indalecia Ricacute de Azuero, $3,200.
Cap. 5.° Aduanas, (gastos varios.9
Para trasladar la aduan de Cafifi a la embocadura del río de Casanare en el Meta, $2,000.
Cap. 11. Monedas, (materia.)
Para la reacuñación de la moneda de baja lei, conforme al artículo 6.° de la de 7 de abril de 1864, $ 80,000.
Para la conservación, aumento i mejor de la biblioteca de obras nacionales, $2,000.