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Ley 36 De 1924

Artículo 647

Para La Carretera Del Carajo (Ley 70 De 1916)

7 incisos

Artículo único. Abrese a la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1º de enero a 31 de diciembre de 1924, el siguiente crédito adicional:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Edificios nacionales.

Ferrocarriles.

Carreteras, caminos de herradura y puentes.

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PROVISIONES

Imprenta Nacional-Personal y Material.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público