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Ley 23 De 1928

Artículo 1

1 inciso

Laméntase la desaparición del doctor Juan Francisco Mantilla, y exáltanse sus virtudes públicas y privadas como dignas de imitarse.

Artículo 2

1 inciso

Un retrato al óleo del doctor Mantilla, costeado con fondos del Erario Público, se colocará en el salón principal del Consejo de Estado.

Artículo 3

Poder Ejecutivo-Bogotá, Julio

2 incisos

La partida necesaria para dar cumplimiento a esta Ley se considerará incluida en el Presupuesto de la vigencia próxima.

Copia de esta Ley se enviará a la señora viuda e hijos del ilustre finado.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno