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Ley 68 De 1973

Artículo 1

1 inciso

Nacionalízase el Colegio de Bachillerato "Instituto Dorada" de La Dorada.

Artículo 2

1 inciso

A partir de la vigencia de esta Ley, la Nación asumirá la dotación, el sostenimiento y los gastos de funcionamiento de este establecimiento educativo de enseñanza secundaria.

Artículo 3

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional