Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 68 De 1968

Artículo 1

1 inciso

La República de Colombia honra la vida meritoria y esclarecida de Harold H. Eder, eximio ciudadano, hombre de Estado, grande impulsor del progreso patrio a través de importantes empresas agrícolas e industriales y factor decisivo en la culminación de destacadas obras educativas y de asistencia social.

Artículo 2

1 inciso

En el lugar que la Alcaldía de la ciudad de Palmira señale se colocará una placa con la siguiente leyenda: "El Congreso de Colombia a la memoria de Harold H. Eder".

Artículo 3

1 inciso

La Nación dotará al Colegio de Cárdenas de la ciudad de Palmira de un Laboratorio de Idiomas que llevará el nombre de Harold H. Heder.

Artículo 4

1 inciso

La segunda etapa del Colegio de Cárdenas de Palmira llevará el nombre de "Harold H. Eder".

Artículo 5

1 inciso

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán cubiertos por el Ministerio de Educación y se autoriza al Gobierno para hacer las operaciones presupuestales indispensables para ello.

Artículo 6

1 inciso

Las formalidades exigidas por la Ley 11 de 1967 , artículo 10, serán cumplidas en el momento de hacer el pago de las apropiaciones a que ella se refiere.

Artículo 7

1 inciso

Sendas copias de esta Ley en edición de lujo, serán entregadas a la municipalidad de Palmira y a la señora viuda de Eder y sus hijos.

Artículo 8

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Desarrollo Económico
El Ministro de Educación Nacional