Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 51 De 1910

Artículo 1

Circunscripción Escolar De Popayán

1 inciso1 numeral2 parágrafos

Abrense al Poder Ejecutivo los siguientes créditos adicionales, con imputación a los capítulos y artículos del Presupuesto de la vigencia en curso: MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Capítulo

56

Instrucción Industrial. Artículo 325. Para pagar los sueldos de cuatro Profesores del Asilo de Niños Desamparados, Escuela Central de Artes y Oficios, á $ 20 mensuales cada uno, en once meses $ 880 Artículo 325 a. Para pagar los sueldos de tres Maestros de la misma Escuela, á $ 20 mensuales cada uno, en once meses 660 Artículo 326. Para pensiones alimenticias de los cuatro profesores antedichos, á $ 12 mensuales cada uno 528 CAPITULO 57 Becas y Auxilios. Artículo 334.

Parágrafo 1

Para aumentar de $ l2 á $ 14 el valor de las veintiocho becas que sostiene el Gobierno en el Colegio Nacional de San Bartolomé, en los Diez meses lectivos 560 Capítulo 58 Instrucción Profesional Artículo 350.

Parágrafo

Para pagar los sueldos de nueve Profesores más en la Academia Nacional de Música, a $ 30 mensuales cada uno, en once meses 2.970Circunscripción Escolar de Popayán Artículo 428 a. Para pagar el sueldo del Capellán de la Escuela Normal de Institutores de Popayán, a $ 10 mensuales, en once meses 110 Capítulo 79 Vigencias Anteriores Artículo 478 a. Para pagar los saldos á cargo del Tesoro Nacional por el servicio de la instrucción pública nacionalizada, en los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre de 1908 47.379 37

Artículo 2

Para atender el pago de la deuda de Instrucción Pública por servicios prestados en vigencias anteriores, que se imputaran al capítulo y artículo respectivos. $ 19.652 25 Suman los Créditos $ 72.739 62

Firmas

El Presidente
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Tesoro