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Ley 125 De 1963

Artículo 1

1 inciso

000.00) el Colegio de segunda enseñanza para señoritas, denominado de "La Presentación", de San Roque (Antioquia). Tal suma será destinada a mejoras y ensanche del edificio, y a dotación del establecimiento, Las mejoras y el ensanche tendrán que realizarse según plano que elabore la Dirección de Inspección Pública de Antioquia por conducto de su Sección de Arquitectura, y los trabajos serán dirigidos por ésta.

Artículo 2

1 inciso

En caso contrario, facultase al Gobierno Nacional para hacer los contracréditos necesarios en las vigencias próximas para el cabal cumplimiento de esta Ley. Los dineros serán manejados por el Tesorero del establecimiento, previa fianza de manejo a la Contraloría General de la República, a la cual tendrá que rendir cuenta de ello.

Artículo 3

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional