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Articulado completo

Ley 1717 De 2014

Artículo 1

1 inciso

La Nación se vincula y rinde honores al municipio de Villa de Leyva, Boyacá, con motivo de la conmemoración del Bicentenario del Primer Congreso de las Provincias Unidas de la Nueva Granada y se enaltece el nacimiento de nuestra primera institución republicana.

Artículo 2

1 inciso12 numerales

Autorícese al Gobierno Nacional para que en cumplimiento de los artículos 150, 334, 341 y 359 de la Constitución Política, incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación y/o impulse a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, apropiaciones necesarias que permitan la ejecución de las siguientes obras de carácter vital y de interés social para el municipio de Villa de Leyva:

1

Construcción de la doble calzada Puente de Boyacá-Samacá-Villa de Leyva.

2

Ejecución del plan maestro de acueducto y del proyecto "Alianza por el Agua en Villa de Leyva", consistente en el fortalecimiento administrativo; manejo ambiental, conservación, adquisición de predios e infraestructuras para acueductos.

3

Ejecución del plan maestro de alcantarillado.

4

Pavimentación de la vía Villa de Leyva-Arcabuco.

5

Construcción del Centro de Convenciones de Villa de Leyva.

6

Construcción de la Segunda etapa del Coliseo.

7

Restauración del Claustro de San Francisco.

8

Construcción Plaza de Mercado.

9

Restauración y rehabilitación hidrológica del río Leyva.

10

Construcción y dotación del Hospital San Francisco.

11

Elaboración del diagnóstico y formulación del Plan de Desarrollo Turístico de Villa de Leyva.

12

Restauración del macizo de Iguaque.

Artículo 3

1 inciso

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior podrán concurrir la Nación, el departamento de Boyacá y el municipio de Villa de Leyva a través de convenios interadministrativos; para ello realizarán las necesarias y correspondientes apropiaciones presupuestales necesarias.

Artículo 4

1 inciso

Esta ley rige a partir de su promulgación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Interior
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo
La Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible
La Ministra de Transporte