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Ley 22 De 1873

Artículo Único

1 inciso

Art. único. Autorízase al Poder Ejecutivo para que auxilie hasta con la suma de cuatro mil pesos a los habitantes del Espíritu Santo, en el Territorio nacional de Motilones, que perdieron sus intereses i habitaciones en el incendio que tuvo lugar en aquella cabecera el dia 22 de diciembre del año próximo pasado.

Firmas

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Union
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores