Artículo 1
Apruébase el "Protocolo relativo a una enmienda al artículo 50 a) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional", hecho en Montreal el 26 de octubre de 1990.
Ley 22 De 1992
Apruébase el "Protocolo relativo a una enmienda al artículo 50 a) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional", hecho en Montreal el 26 de octubre de 1990.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 7º de 1944, el "Protocolo relativo a una enmienda al artículo 50 a) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, hecho en Montreal el 26 de octubre de 1990, que por el artículo primero de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
José Blackburn C.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Pedro Pumarejo Vega.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
César Pérez García.
El Secretario General de la honorable Cámara de Represenantes,
Diego Vivas Tafur.
REPUBLIICA DE COLOMBIA--GOBIERNO NACIONAL
DIARIO OFICIAL. AÑO. CXXVIII. N. 40667. 13, NOVIEMBRE, 1992, PÁG. 1.
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RESUMEN DE
(noviembre 13)