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Ley 85 De 1896

Artículo 1

1 inciso

Art. 1.° El Congreso de Colombia haciéndose intérprete de la opinión nacional, lamenta el fallecimiento del meritísimo Prelado, vigoroso y constante defensor de los intereses de la Iglesia católica y de los principios tutelares de la sociedad, Ilmo Sr. Dr. D. Bonifacio A. Toscano, y cumple con un deber de elevada justicia honrando su memoria y recomendando sus virtudes cívicas y privadas como digno ejemplo de imitación de sus conciudadanos.

Artículo 2

1 inciso

Art. 2.° A costa del Tesoro público se hará el retrato del Ilmo Sr. Toscano, el cual será obsequiado á nombre del Congreso á la iglesia Catedral de la Diócesis de Tunja.

Artículo 3

1 inciso

Art. 3.° La cantidad que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, se da por incluída en el Presupuesto de Gastos del bienio en curso.

Artículo 4

Gobierno Ejecutivo-Bogotá,

1 inciso

Art. 4.° Copia de la presente ley será remitida al Ilmo Sr. Obispo de Tunja y á la familia del finado Sr. Toscano.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno