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Ley 33 De 1928

Artículo 1

2 incisos

Artículo único. La Nación se asocia a la celebración del quincuagésimo aniversario de la fundación del próspero Distrito de Filandia, en el Departamento de Caldas, que tendrá lugar el 20 de agosto de este año, y destina a la cantidad de diez mil pesos ($ 10,000) para las diversas obras públicas que adelanta.

Esta cantidad se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia y será entregada por conducto de la Gobernación al Concejo Municipal de dicho Distrito.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de La Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público