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Ley 33 De 1920

Artículo 1

2 sentencias

Adoptase oficialmente como himno nacional de Colombia la letra que lleva ese nombre, compuesta por el señor doctor Rafael Núñez, y la música del Maestro Oreste Sindici.

Artículo 2

1 inciso

Autorizase al Gobierno para que si, previo concepto pericial, se encontrare que el precio pagado en 1907 a los herederos del señor Oreste Sindici por la propiedad artística de la música del himno nacional, no era el que, con mayor conocimiento del asunto, debía pagarse por esa obra y las demás del expresado Maestro, entregue a la heredera de esta la suma que considere conveniente y justa.

Artículo 3

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública