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Ley 1693 De 2013

Artículo 1

1 inciso

Apruébese el "Protocolo Sustitutorio del Simón Rodríguez" suscrito en Valencia, República Bolivariana de Venezuela el 23 de junio de 2001.

Artículo 2

1 inciso

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el "Protocolo Sustitutorio del Convenio Simón Rodríguez", suscrito en Valencia, República Bolivariana de Venezuela, el 23 de junio de 2001, que por el artículo 1° de esta ley se aprueba, obligará a la República de Colombia a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.

Artículo 3

1 inciso

La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Relaciones Exteriores