Artículo 1
1 inciso
C., el 22 de marzo de 2012.
Ley 1690 De 2013
C., el 22 de marzo de 2012.
C., el 22 de marzo de 2012, que por el artículo 1° de esta ley se aprueba, obligará al Estado colombiano a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.