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Ley 64 De 1945

Artículo 1

1 inciso

La Nación cede al Municipio de Cali, sin reserva alguna y a perpetuidad, el dominio y posesión sobre el lote de terreno conocido con el nombre de Parque Isaac, de que es dueña la Nación, en jurisdicción del Municipio de Cali, con un área aproximada de 1.800 metros cuadrados y alinderado especialmente así: "Por el Norte, calle al medio, con edificio del Cuartel y lote respectivo, de propiedad hoy del Municipio de Cali; por el sur, con el Rio Cali; por el occidente, calle al medio, con propiedades de los señores Gonzalo Lourido y del señor bohmer; y por el Oriente con el puente sobre el Rio Cali, conocido con el nombre de Puente Ortiz."

Artículo 2

1 inciso

El Municipio de Cali destinara el lote de que habla el artículo anterior para el Parque Jorge Isaac, en homenaje de la Nación al eminente escritor.

Artículo 3

1 inciso

Autorizase al Municipio de Lourdes, del Departamento Norte de Santander, para invertir la partida que, con destino al sostenimiento allí de una escuela vocacional, figura en el presupuesto de la actual vigencia, en la reconstrucción del edificio del Colegio de Señoritas que funciona en aquel Municipio.

Artículo 4

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Obras Públicas