Artículo 1
1 inciso
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia reconoce los servicios que el antiguo Jeneral Marcelo Buitrago prestó a la independencia i libertad de su Patria, i consagra un recuerdo honroso a su memoria.
Ley 32 De 1876
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia reconoce los servicios que el antiguo Jeneral Marcelo Buitrago prestó a la independencia i libertad de su Patria, i consagra un recuerdo honroso a su memoria.
Las señoritas Emilia i Dolores Buitrago, sus hijas lejítimas, gozarán de una pension de veinticinco pesos mensuales cada una, pagaderos del Tesoro nacional en los mismos términos en que, segun las disposiciones vijentes, se pagan las pensiones de los militares de la Independencia.
De la pension de que trata el artículo anterior disfrutarán las señoritas agraciadas hasta que tomen estado.
Un ejemplar auténtico de esta lei se remitirá a las señoritas Emilia i Dolores Buitrago.