Artículo 1
000.00) depositada por la Beneficencia de Cundinamarca en la Tesorería General de la República, por concepto de reintegro de sumas recibidas de la Nación para la construcción de un hospital para enfermos tuberculosos en la capital de la República, ábrese el siguiente crédito al presupuesto extraordinario vigente:
MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Presupuesto extraordinario.