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Ley 1763 De 2015

Artículo 1

1 inciso

Apruébese el “Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Costa Rica” , suscrito en Cali, República de Colombia, el 22 de mayo de 2013.

Artículo 2

1 inciso

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o de la Ley 7ª de 1944, el “Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Costa Rica” , suscrito en Cali, República de Colombia, el 22 de mayo de 2013, que por el artículo 1o de esta ley se aprueba, obligará a la República de Colombia a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.

Artículo 3

1 inciso

La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

El Presidente del Honorable Senado de la República
El Secretario General del Honorable Senado de la República
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Relaciones Exteriores
La Ministra de Comercio, Industria y Turismo