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Ley 32 De 1988

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia a la conmemoración que con motivo de cumplirse el 120 aniversario de la creación y organización de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia, se celebra el día 22 de septiembre de 1987, y destaca la importancia de este centro docente en el desarrollo de la Educación Superior.

Artículo 2

1 inciso

Por tal motivo el Gobierno Nacional incluirá en el presupuesto de la vigencia fiscal siguiente a la expedición de la presente Ley y por un (1) año más, una suma de seiscientos millones de pesos ($600.000.000.00), con destino a dotación, funcionamiento y modernización del Centro de Informática Jurídica Nacional y del Centro de Documentación y Hemeroteca de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional; así como también para la dotación y modernización del Museo y Laboratorio Forense "Garavito Baraya", de la misma Facultad de Derecho, como instrumento auxiliar de la administración de justicia. Esta suma podrá ser dividida en dos (2) partidas presupuestales.

Artículo 3

Esta Ley rige a partir de su promulgación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional