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Articulado completo

Ley 121 De 1943

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia al justo regocijo de los habitantes del Valle del Cauca por la terminación de la carretera de Cali a buenaventura, y considera digna de la gratitud nacional la cooperación económica, fiscal y humana, que el pueblo vallecaucano, y de manera especial el municipio y ciudadanía de Cali, y el departamento del valle del cauca, han consagrado a través de mas de tres lustros para la ejecución de tan transcendental obra.

Artículo 2

1 inciso1 parágrafo

Como homenaje de justicia al municipio de Cali por el fecundo y eficaz esfuerzo dedicado a la realización de dicha obra, la Nación cooperara con la suma de ochocientos mil pesos ($800.000.00) que será entregada por el Gobierno al municipio, debiendo hacerse el pago de esta suma por parte de la Nación, en bonos de la defensa económica nacional, o expidiendo a favor del municipio documentos de crédito, quedando autorizado el gobierno para Celebrar las operaciones financieras y de crédito necesarias que permitan dar cumplimiento a la presente disposición.

Parágrafo

El plan de inversión que de esta suma haga el municipio de Cali, deberá ser aprobado por el gobernador del departamento. La Contraloría nacional fiscalizara las inversiones.

Artículo 3

2 incisos1 parágrafo

Para atender el pago de la deuda que la Nación tiene contraída con el Departamento Norte de Santander, por concepto del valor de los gastos hechos en la conmemoración del centenario de la muerte del general Santander y a los cuales debió contribuir conforme al artículo 6° de la Ley 14 de 1939 , destinase la suma de doscientos mil pesos ($200.000.00). Esta suma se invertirá así: para la construcción del edificio destinado a los servicios aduaneros, en Puerto Santander en la frontera con Venezuela, Treinta mil pesos ($30.000.00); para adelantar la construcción del estadium de Cúcuta, cincuenta mil pesos ($50.000.00); para la ampliación del edificio del colegio de caro, de Ocaña cincuenta mil pesos ($50.000.00);

Para adelantar la canalización del rio Pamplomita, en la ciudad de Pamplona, cincuenta mil pesos ($50.000.00), y para la canalización del caño que pasa por el centro de la ciudad de Durania y algunas otras obras de alcantarillado del municipio mencionado, veinte mil pesos ($20.000.00).

Parágrafo

La suma que se refiere este artículo será incluida necesariamente en el presupuesto de la próxima vigencia; pero en caso de que no lo fuere, el gobierno podrá arbitrar los recursos necesarios, o pagar con bonos de la defensa económica nacional.

Artículo 4

2 incisos

En las ciudades de Cali y buenaventura, y en los sitios señalados por los respectivos concejos, se colocaran sendas placas en mármol con esta Inscripción:

" La República de Colombia exalta la memoria de los iniciadores y constructores de esta carretera, de los trabajadores que entregaron su vida en su ejecución, y les rinde al municipio y pueblo de Cali, al Departamento del Valle del Cauca y a sus habitantes, su homenaje agradecido por tan magna y ejemplar realización patriótica".

Artículo 5

1 inciso

Esta ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional