Artículo 1
La República honra y enaltece la memoria del ex-Presidente José María Obando.
Ley 121 De 1937
La República honra y enaltece la memoria del ex-Presidente José María Obando.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 12 de 1863, se erigirá en Popayán y necesariamente para el cuarto centenario, una estatua de este gran servidor de la democracia colombiana, estatua que se levantará en la plazoleta del proyectado edificio nacional.
° En el pedestal de la estatua se colocará esta leyenda:
"Al constante defensor de la libertad, General José María Obando, la Convención de
Rionegro y el Congreso Nacional de 1937."
El Gobierno adquirirá con destino al Museo Nacional los trofeos y otros objetos de Obando dignos de ser conservados.
Destínase la suma de veinte mil pesos ($ 20,000) para dar cumplimiento a la presente ley, pudiendo levantar el Gobierno el crédito o créditos necesarios para este fin.