Artículo 1
Fijanse las asignaciones de los empleados que se enumeran en seguida, en esta forma:
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Los Mensajeros de correos serán en número de ocho los Secretarios del Tribunal Superior de Medellín, en número de dos los Escribientes de los Juzgados de Circuito de Medellín serán en número de ocho los Agentes de tercera clase en el Lazareto de Agua de Dios serán en número de setenta. Todos estos empleados devengaran los sueldos que, respectivamente, les fueren asignados en la Ley 72 del presente año.