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Ley 520 De 1999

Artículo 1

1 inciso

Apruébase el "Acuerdo Comercial entre la República de Colombia y el Gobierno de Rumania", firmado en Bucarest, el treinta y uno (31) de julio de mil novecientos noventa y siete (1997).

Artículo 2

1 inciso

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 7ª de 1944, el "Acuerdo Comercial, entre la República de Colombia y el Gobierno de Rumania", firmado en Bucarest, el treinta y uno (31) de julio de mil novecientos noventa y siete (1997), que por el artículo 1º de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.

Artículo 3

1 inciso

La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
La Ministra de Comercio Exterior